PROLOGYCA

MECANISMO FORMAL PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS QUE SOMETERÁN LOS ORGANISMOS PROMOTORES A CONSIDERACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL PROLOGYCA

Recepción
  • Las Entidades Federativas y Organismos Empresariales, en lo sucesivo los OP, deberán publicar en sus páginas electrónicas las Reglas de Operación 2011.
  • Los OP deberán difundir, a través medios electrónicos y/o impresos, evento(s) u otro medio que determinen, la siguiente información:
    1. Fecha de apertura y cierre de la Convocatoria (En apego al artículo 17 de las RO 2011).
    2. Quienes pueden acceder a los apoyos.
    3. Qué documentación jurídica deben presentar los interesados.
    4. Cómo se presentan las solicitudes de apoyo (Solicitud de apoyo y documentación soporte, entre otros).
  • Asimismo, deberán establecer un calendario de recepción de solicitudes de apoyo y documentación de los proyectos propuestos por los interesados, así como informar sobre los medios de recepción, ya sean electrónicos y/o impresos, señalando como mínimo lo siguiente: Nombre y cargo del responsable de la recepción de las solicitudes de apoyo, correo electrónico, dirección física para la entrega de información, días y horarios de servicio.

Para el caso de la documentación jurídica, los OP deben de realizar el cotejo en original de los archivos electrónicos remitidos por los interesados. Cabe señalar que la validación de la documentación jurídica no deberá implicar la aprobación del proyecto por parte del OP y/o el Consejo Directivo del PROLOGYCA.

  • Las solicitudes de apoyo recibidas con posterioridad a la fecha de cierre del periodo de recepción, no implicarán ninguna responsabilidad para la SE, la Subsecretaria PYME, los miembros del Consejo Directivo, u otras instancias que intervengan en el proceso.
Evaluación y criterios de selección
  • Conforme a su disponibilidad presupuestal, las prioridades de su estrategia de desarrollo para los sectores logístico y del abasto en la entidad y, la viabilidad técnica, operativa y/o empresarial de los proyectos, los OP deberán establecer un mecanismo para evaluar las solicitudes de apoyo que presenten los interesados, considerando los criterios de elegibilidad que determinen, los cuales deberán estar acordes con lo incluido en el artículo 1° de las Reglas de Operación 2011:

En el caso de Organismos  Empresariales, deberán tomar en cuenta el impacto de los proyectos que les sean propuestos, en el desarrollo de los sectores logístico y del abasto, así como la disponibilidad presupuestal del PROLOGYCA.

  • El mecanismo de evaluación y criterios de selección podrá ser de carácter cualitativo y/o cuantitativo, a través de consejos, dependencias u órganos, entre otros, o algún otro(s) mecanismo(s) que determine el OP.

El mecanismo de evaluación y los criterios de selección deberán ser públicos y difundirse como mínimo en la página electrónica del OP con el fin de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos.

Asimismo, deberán establecer un calendario de evaluación de las solicitudes de apoyo y documentación de los proyectos propuestos por los interesados.

Publicación de resultados
  1. Los OP deberán establecer una fecha para dar a conocer los resultados, mismos que serán públicos y se deberán difundir a través de medios electrónicos y/o impresos, entre otros, o algún otro(s) mecanismo(s) que determine el OP.
  1. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá publicar el listado completo de las solicitudes de apoyo recibidas en la página electrónica del OP, identificando aquellas que fueron seleccionadas por el OP para ser enviadas a la SE, como mínimo con la siguiente información:

No.

Solicitante

RFC

CURP

Monto solicitado al PROLOGYCA

Monto total del proyecto

Resolución OP

Resolución PROLOGYCA

1

 

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

 

 

n

 

 

 

 

 

 

 

Nota 1: La resolución OP puede ser: Seleccionado, rechazado, cancelado o en proceso de evaluación.
Nota 2: En caso de ser rechazado se debe de incluir las causas o motivos del rechazo.
Nota 3. La resolución PROLOGYCA puede ser: Aprobado, rechazado, cancelado o en proceso de evaluación.

    1. En el caso de las Entidades Federativas, éstas deberán informar a la Delegación Federal correspondiente de la SE los proyectos seleccionados en la entidad.
    1. Los proyectos seleccionados deberán remitirse a través de los medios electrónicos a la SE, a para que esta realice una evaluación técnica y financiera de acuerdo a la normatividad de las Reglas de Operación 2011 y se sometan los proyectos al Consejo Directivo del PROLOGYCA.
    1. Asimismo, el Consejo Directivo del PROLOGYCA notificará a los OP la resolución sobre las solicitudes de apoyo presentadas, quienes a su vez deberán notificar a los interesados dicha resolución.
  1. Consideraciones generales
    1. En la ejecución de acciones inherentes a la difusión, promoción del mecanismo de recepción, evaluación y criterios de selección, los OP se asegurarán que en la papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción que se adquieran, se incluya la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibió el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
    1. En apego a la legislación vigente la información proporcionada por los OP y beneficiarios de este Programa no podrá ser revelada salvo resolución judicial o administrativa que contravenga.
    1. Los OP deberán incluir la información necesaria para que los interesados y el público en general puedan presentar por escrito sus inconformidades, quejas y denuncias, con respecto al mecanismo de recepción, selección y criterios de evaluación que establezcan.
    1. En cualquier caso, los OP deberán incluir un correo electrónico para atender las dudas o comentarios de los interesados y el público en general respecto al mecanismo de recepción, selección y criterios de evaluación.

DATOS DEL RESPONSABLE

Nombre

Lic. Guillermo Méndez Pérez

Cargo

Jefe del Departamento de Promoción Empresarial

Organización

Secretaría de Fomento Económico

Ubicación

Calle 59 No. 514 x 62 y 64, Colonia Centro, Mérida, Yucatán C.P. 97000

Teléfono

(999)9303730 Ext. 24031

Fax

(999)9303730 Ext. 24037

Correo electrónico

guillermo.mendez@yucatan.gob.mx

En el caso de solicitudes de apoyo no presentadas, con documentación soporte o jurídica incompleta o desistidas, así como los gastos, expensas, erogaciones o análogos de los interesados, no tendrán responsabilidad alguna para la SE, la SPYME, las Delegaciones Federales de la SE, los miembros del Consejo Directivo, u otras instancias que intervengan en el proceso.

 

 

 

 
 
 
 
 
Secretaría de Fomento Económico, +52 999 930 37 30 Calle 59 No. 514 entre 62 y 64 Colonia Centro.